Attilio y sus dos mamás: Justicia reconoce derechos de dos mujeres sobre su hijo
Fotografía: Fotografía: Movilh | contexto

Attilio y sus dos mamás: Justicia reconoce derechos de dos mujeres sobre su hijo


Por Antonio González | 08 Junio 2020 15:04
COMPARTIR

El Segundo Juzgado de Familia de Santiago, acogió la demanda presentada por la cientista política Gigliola Di Giammarino en contra de su pareja, la historiadora Emma de Ramón, en el marco de una estrategia judicial patrocinada por la Fundación Iguales.

En la sentencia -la primera en su tipo- se reconocen los derechos filiativos de ambas mujeres respecto a su hijo Attilio.

El tribunal ofició al Registro Civil para que en la partida de nacimiento del pequeño se establezca que es hijo de dos madres, consignó La Tercera.

La jueza del Segundo de Familia de Santiago, Macarena Rebolledo, ordenó hoy al Regisro Civil inscribir al niño, Attilio, como hijo de dos madres.

Un "hecho histórico", así lo calificó el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

Antecedentes del caso

Luego de que agotados los recursos de protección, el abogado y también director de la Fundación Iguales, Juan Enrique Pi, patrocinó una demanda de reconocimiento de filiación que Di Giammarino debió presentar contra su pareja.

"Este es un fallo histórico, que marca un nuevo rumbo en la lucha hacia igualdad de las familias homoparentales. Nunca antes se había reconocido la existencia de dos madres", señaló el dirigente del Movilh, Ramón Gómez.

Lee también: Más de 430 detenidos en toque de queda deja el último fin de semana en el Biobío

Agregó que "apenas habíamos conseguido la inscripción de los apellidos de dos madres o dos padres, pero jamás el recocimiento de ambas figuras. Hoy el interés superior del niño, en este caso el de Attilio, ha triunfado y, tras este avance, seguró vendrán muchos más", cerró.

La sentencia, publicada por el citado medio, establece que "la no aplicación del artículo 182 del Código Civil a este caso implica un doble atentado a la igualdad ante la ley: priva a Attilio José del reconocimiento de sus derechos de hijo de Emma de Ramón (quien se sometió en conjunto con la demandante a la Técnica de Reproducción Asistida, y además afectiva, y socialmente es su madre). Dejándolo en una situación de desventaja frente a otros niños, que hubieran nacido en las mismas condiciones, pero cuyos progenitores sean una pareja de distinto sexo, con orientación heterosexual".

Documento añade que "además, viola el derecho a la igualdad ante la ley de la demandada, quien, a pesar de participar en un proceso de reproducción asistida junto a su conviviente civil, concurriendo en ella voluntad procreacional, no puede reconocer legalmente al hijo nacido gracias a tal procedimiento".

Frente a este "vacío legal", de las procesos de fertilización asistida, y a objeto de resolver esta acción, "resulta necesario observar el derecho internacional como parte del bloque constitucional de derechos fundamentales, realizando una interpretación integradora de la Constitución".

"Es esta interpretación la que permite dar un mayor resguardo y efectividad a los derechos fundamentales inherentes al ser humano, y que afectan a los intervinientes y afectados por esta causa. Especialmente, el derecho a la igualdad, el derecho a la identidad, a la vida familiar y el interés superior del niño", añade el fallo.

Te interesa: Coronel vive paro comunal por fuerte aumento de casos de coronavirus

"La identidad del niño Attilio José está determinada por su origen y contexto familiar y social. Las personas que tomaron la decisión de traerlo a este mundo son demandante y demandada, ellas expresaron su voluntad procreacional, siendo estatan importante que el legislador excluye al donante de gameto de todo derecho filiativo respecto de Attilio José", se lee en el documento legal.

"En cuanto a su entorno familiar y social determinado por sus lazos afectivos, él reconoce a la demandada como su madre: le da protección, seguridad, afecto y contención; familiares, cercanos y referentes formativos educacionales del niño, también la identifican, reconocen y respetan como tal", apunta.

Finalmente el fallo sostuvo que Attilio "tiene derecho a la vida familiar, a preservar sus relaciones familiares, de tal manera que resulta vulneratorio que la ley impida que la filiación legal sea reflejo de la verdadera situación familiar del niño y su familia y se deslegitime de esa forma la posibilidad de reconocimiento y valoración social a una forma de hacer familia cuyo amparo se encuentra consagrado no sólo en el ámbito internacional sino en la propia constitución como ha sido expresado en forma previa y cuya única justificación se basa en una categoría sospechosa de discriminación de un colectivo históricamente postergado en razón de su orientación sexual".

https://twitter.com/Movilh/status/1270064682972459008
ETIQUETAS: