Jefes de la Defensa están habilitados para dar instrucciones directas a funcionarios públicos
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Jefes de la Defensa están habilitados para dar instrucciones directas a funcionarios públicos


Por Redacción Sabes | 14 Mayo 2020 00:14
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La Contraloría General de la República tomó razón de la modificación del Decreto 104 que decretó el Estado de Catastrofe por calamidad pública de Covid-19 y autoriza la entrada en vigencia del Nº 203, que autoriza a los Jefes de la Defensa Nacional a impartir instrucciones directamente a todos los funcionarios públicos, sin esperar orden del Presidente de la República, salvo excepción única vinculada a labores de vigilancia.

La toma de razón firmada por el Contralor Jorge Bermudez, señala que “las instrucciones que pueden impartirse por los jefes de la defensa nacional, en virtud de lo dispuesto por el artículo 7°, N°5, de la ley N° 18.415, Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción Constitucional, no pueden, en ningún caso, alterar las funciones y atribuciones que el legislador ha radicado en los órganos de la Administración del Estado, dado que lo contrario implicaría invadir la reserva legal”.

“La supresión de las instrucciones del Presidente de la República a las que el decreto que se viene modificando sujetaba las instrucciones impartidas por los jefes de la defensa nacional, es sin perjuicio del control de las autoridades civiles sobre las Fuerzas Armadas y de la responsabilidad derivada de dicho deber de control”, añadió.

En cuanto al calibre de las instrucciones, al documento señala que la potestad es para “impartir directamente instrucciones a todos los funcionarios del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la zona, con el exclusivo propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública y, en particular, para una adecuada implementación de las medidas sanitarias adoptadas”.

La Contraloría determinó que, en ningún caso, los jefes de la defensa pueden alterar las atribuciones de los órganos del Estado, ya que una modificación de esa naturaleza debe ser efectuada mediante una ley tramitada en el Congreso Nacional.

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