A partir del 1 de enero la retención del 10% de la boleta de honorarios aumentará
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A partir del 1 de enero la retención del 10% de la boleta de honorarios aumentará


Por Sergio Fuentes | 26 Diciembre 2019 13:16
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- El Servicio de Impuestos Internos (SII) recordaron que a partir de este 1 de enero de 2020 los trabajadores que emiten boleta de honorarios tendrán una mayor retención, pasando del actual 10% a un 10,75%.

Esto en el marco de una ley publicada en 2019 que obliga a los trabajadores independientes a cotizar para los regímenes de protección social (sistema de salud y AFP), estableciendo un mecanismo obligatorio y gradual del pago de sus cotizaciones individuales.

https://twitter.com/SII_Chile/status/1209213425102065666

En dichos beneficios se cuenta la saludpensiones, los seguros de invalidez y sobrevivencia y de accidentes de trabajo y enfermedades, y la ley Sanna.

Cabe destacar que el SII indicó que, para contar con los recursos necesarios para el financiamiento de estas cotizaciones, la retención irá incrementando un 0,75% cada año, para llegar a un 17% a 2028.

Cobertura total y parcial

De manera transitoria, el SII tiene dos modalidades de cotización: cobertura total, donde el cálculo se realiza sobre el sobre el 100% de la base imponible de cotizaciones, y cobertura parcial, lo que les permite cotizar sobre el 5%.

De esta forma, quienes opten por la cobertura total, no tendrán devolución de impuestos en mayo, mientras que los que opten por cobertura parcial recibirán el 5,56% del monto retenido.

Al igual que la retención de 17%, la cobertura total será la única modalidad disponible a 2028.

De este modo, por ejemplo, si usted hace una boleta por $555.555 brutos mensuales, en vez de que el SII le retenga $55.555, desde 2020, el monto pasará a ser de $59.722, con lo que finalmente su ingreso no será de $500 mil líquido sino que de $495.833.

A quiénes aplica

  • Para todos los emisores de boletas electrónicas y en papel.
  • Si emites o emiten tus boletas en sii.cl, de manera automática la aplicación calculará la nueva retención.
  • Si aún emites boletas en papel, deberás hacer el cálculo con la retención del 10,75%, a contar del 1 de enero.

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