Tribunal Ambiental rechaza plan de cumplimiento de sentencia de Endesa
Fotografía: Bocamina II

Tribunal Ambiental rechaza plan de cumplimiento de sentencia de Endesa


Por Antonio González | 15 Octubre 2019 22:31
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El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, rechazó el plan presentado voluntariamente por Endesa para cumplir con la sentencia que la condenó a reducir en un 30% las emisiones de material particulado de su Central Bocamina, luego de que en diciembre de 2018 fuera declarada responsable de daño ambiental en el componente aire, de las comunas de Lota y Coronel.  El Tribunal, integrado por los Ministros Iván Hunter Ampuero, Sibel Villalobos Volpi y Michael Hantke Domas, analizó la propuesta de la empresa, que planteó como una de las principales medidas, el cierre definitivo de un bypass de los filtros de manga.  Según la resolución, "dicha acción presupone alterar un sistema de seguridad, cuyo objetivo es desviar los gases que puedan dañar la integridad de los filtros (por concentración de contaminantes, temperatura o presión)".  El Tribunal estimó que la propuesta de Endesa se aparta del espíritu de la sentencia, y que el cierre del sistema de bypass "alteraría el diseño de fábrica, la modificación de las lógicas de protección de las calderas, y por ende, otras medidas con riesgos de efectos no deseados y situaciones hipotéticas de emergencia".  Según la resolución, "se infiere que la medida propuesta suscita un riesgo para el normal funcionamiento de la planta, y en consecuencia comprometería la seguridad industrial".  El Tribunal Ambiental de Valdivia rechazó el plan de cumplimiento, el que, concluyó "es insuficiente y no da garantías de un análisis detallado y riguroso de las alternativas de mejora que permitirían a la demandada dar cumplimiento a la sentencia sin incurrir en riesgos colaterales, lo que hace inviable su aprobación".  Junto con ello, el Tribunal advirtió que Endesa no ha considerado alternativas existentes que permiten alcanzar el límite fijado por la sentencia. "Por ejemplo, la demandada podría mejorar el desempeño de las unidades encargadas del abatimiento de SO2 (SDA y FGD), ya que estos equipos operan a eficiencias cercanas al 75% (según los datos entregados por ENEL a fs. 10049 y fs. 10050), cuando su eficiencia de fábrica está por sobre el 90%" sostuvo la resolución.  En esta causa se mantiene pendiente la resolución de la Corte Suprema, luego que tanto la empresa como los demandantes interpusieron recursos de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia del Tribunal Ambiental de Valdivia.
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