Conoce los días de feriado irrenunciable para el comercio en Fiestas Patrias
Se acercan las Fiestas Patrias y las autoridades recalcaron la importancia del cumplimiento del feriado obligatorio e irrenunciable de los trabajadores del comercio del miércoles 18 y jueves 19 de septiembre.
La fiscalización velará también por el comienzo del feriado a las 21 horas del martes 17 y su término a las 06:00 horas del viernes 20, y por el otorgamiento del descanso cada dos años a los trabajadores exceptuados del feriado.
La autoridad explicó que las fiscalizaciones responderán a denuncias ingresadas en el sitio www.direcciondeltrabajo.cl, en un banner habilitado entre las 18:00 horas del 17 de septiembre y las 14:00 horas del día 19.
El Seremi del Trabajo, Carlos Jara, explicó que "el llamado es a los empleadores para que faciliten esta toma de descanso y a los trabajadores a que se tomen efectivamente este descanso, que lo pasen con sus familias y que disfruten de estas fiestas".
El no cumplir con este feriado será sancionado con multas que van desde las 5 UTM ($245.655 a septiembre de 2019) hasta 20 UTM ($982.620) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa.