Estado deberá pagar millonaria indemnización a padres de niña quemada en jardín infantil
Fotografía: Imagen de contexto

Estado deberá pagar millonaria indemnización a padres de niña quemada en jardín infantil


Por Sergio Fuentes | 11 Julio 2019 23:04
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El grave accidente dejó a la menor con el 75% de su cuerpo quemado.

El Primer Juzgado Civil de Santiago aprobó el acuerdo entre el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y los demandantes para que el Fisco pague una indemnización total de $250.000.000 a los padres de una niña de 4 años que se quemó con agua hirviendo en un establecimiento atendido por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (Junaeb) en Arica.

En la resolución, la magistrada Isabel Zúñiga Alvayay validó el acuerdo alcanzado, tras establecer en resolución dictada el 21 de enero pasado, la responsabilidad del Estado en el grave accidente que dejó a la menor con el 75% de su cuerpo quemado. 

El fallo indica que la Junaeb “había tomado conocimiento de la situación de riesgo con dos años de antelación y nada hizo para evitar lo acaecido (pudiendo hacerlo), con los nefastos y lamentables resultados como es una menor de 4 años de edad con el 75% de su superficie corporal total quemada, mientras estaba al cuidado y protección del Estado, garante de dicha protección y encargado de proporcionar el beneficio de alimentación”.

Agrega que “intentar responsabilizar a menores de 4 años de edad, por haberse colgado de un aparato que nunca debió estar en el lugar que se encontraba, sin ningún tipo protección ni señalética al respecto, con el consecuente riesgo de ocasionar un accidente de proporciones, como el que ocurrió en autos, constituye una defensa alejada de la normalidad”. 

“Se hace necesario –continúa– exponer, además, que la Convención de los Derechos del Niño en su artículo 3 señala que los estados partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsable de él ante la ley y, con ese fin, tomaran todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas”.

“En el mismo sentido la Convención Americana de Derechos Humanos Pacto San José, en su artículo 19 previene que ‘Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado"”, añade.

“Bajo las circunstancias anotadas la Junaeb no actuó como era esperable de un organismo de la administración del Estado, a quien la ley confió, por sí o a través de un tercero legalmente habilitado para tal efecto, la programación y aplicación del beneficio de alimentación, no prestando un eficiente ni adecuado servicio a la menor, lo que culminó con el 75% de su cuerpo quemado producto del accidente que debió evitar, circunstancia que indiscutiblemente provocó daño a los actores, que deberán ser resarcidos”, concluye.

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