Esta es la cantidad de años de cárcel que deberán cumplir papá y mamá que abusaban de su hija en Cañete
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cañete condenó hoy –domingo 25 de marzo- al padre y a la madre de una niña de 5 años por los delitos de violación, producción de material pornográfico infantil y abuso sexual. Ilícitos perpetrados en fechas indeterminadas, en la comuna de Curanilahue.
Los jueces determinaron para el progenitor, N.L.A.E, la pena de efectiva de 18 años de presidio como autor del delito consumado y reiterado de violación; 8 años, en calidad de autor del delito consumado de producción de material pornográfico infantil y a la pena de 8 años por abuso sexual. Es decir, un total de 34 años de cárcel. En tanto, a la madre K.A.C.H, se le otorgaron las penas de 10 años por la producción de material pornográfico infantil, más 8 años por abuso sexual.
En fallo unánime (causa rol 129-2017), el tribunal – integrado por los magistrados Carolina Meza Saldía (presidenta), César Guzmán Andrade y Ricardo Piña Vallejos (redactor)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en un domicilio de Curanilahue, el condenado y padre de la menor, agredía sexualmente a la víctima (de 5 años en la actualidad) de acuerdo y en presencia de la madre, quien no lo impedía. Asimismo, ambos condenados sacaban fotografías de dichos actos, junto a otras imágenes íntimas de la menor.
El tribunal agregó a ambos “las penas de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de las penas principales, sujeción que consistirá en informar a Carabineros cada tres meses su domicilio actual. El incumplimiento de esta obligación configurará la conducta establecida en el artículo 496 N° 1 del Código Penal. Y se le condena además a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad”, indicó el dictamen.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.