El largo peregrinar de los familiares de víctimas del tsunami en Lebu que culminó con sentencia a su favor
Fotografía:

El largo peregrinar de los familiares de víctimas del tsunami en Lebu que culminó con sentencia a su favor


Por Andrés Espinoza | 24 Enero 2018 16:42
COMPARTIR

El máximo tribunal del país en fallo dividido acogió el recurso de casación interpuesto por 17 familiares de 4 víctimas del tsunami del 27F del 2010 en el sector Minacosta de Morhuilla de Lebu, revirtiendo el fallo de segunda instancia y obligando al estado a pagar 445 millones de pesos de indemnización a 17 familiares.

Las victimas fueron María Flores Ríos, José Peña Antillado, Julio Pinto Pérez y Jorge Carvajal Pinto, los dos últimos aún en la nómina de 25 desaparecidos tras la catástrofe.

“Ellos vivían ahí, todo el mundo sabía que ellos estaban allá, no era algo que no se supiera. Tenían su permiso por intermedio de los marinos entonces no era algo que ellos no hubieran sabido, eso fue lo peor”, recuerda Marta, una de las 7 hijas del matrimonio Pinto Flores.

Esa referencia es al punto central de la demanda. El desconocimiento que existía por parte de la población, sobre todo la que residía en sectores autorizados por la Armada, y que estaban a metros de la costa.

La determinación de la Corte Suprema hace hincapié en que el Estado falló a través del SHOA y la Onemi al inducir a error a las autoridades de la época, pero abre un flanco nuevo, el deber de educar a la población que vive en la costa, autorizada por la Autoridad Marítima, debido al rubro de actividad que la gente desarrollaba como orilladores de mar.

“Falló el Estado con la doctrina que creo que va a ser relevante de ahora en adelante, primera vez que lo vemos a nivel nacional, que estableció de que no solo se debe alertar a la población, sino que también educar adecuadamente a la población en el caso de un fuerte terremoto, vale decir sin esperar llamado de la autoridad confirmando o descartando la ocurrencia de un tsunami, poniéndose a resguardo de forma inmediata en sectores altos”, indicó el abogado querellante Rafael Poblete.

Eso sienta jurisprudencia, ya que obedece al no cumplimiento además de los tratados suscritos por Chile en materia de seguridad costera.

Los indemnizados son en su totalidad hijos, cónyuge y hermanos de los cuatro fallecidos en Lebu a consecuencia del tsunami, que se generó apenas 15 minutos después de ocurrido el terremoto de 8,8 grados en la escala de Richter. “Ni con todo el oro del mundo uno va recuperar a tus viejos y familiares perdidos, pero por lo menos sabemos que la justicia en Chile tarda, pero llega”, entre lágrimas dijo Marta.

ETIQUETAS: