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Aguinaldo de Fiestas Patrias 2017
Por Marcelo Ramírez
| 04 Septiembre 2017 09:30
Quedan pocos días para las Fiestas Patrias 2017, donde suelen aumentar los gastos por las celebraciones del 18 y 19 de septiembre.
En esta fecha tanto empresas privadas como estatales otorgan un determinado monto de aguinaldo a sus empleados para ayudar a paliar los gastos de septiembre. Pero también este beneficio se extiende a pensionados.
Los trabajadores del sector público, así como también los miembros de las Fuerzas Armadas, Carabineros y Policía de Investigaciones, recibirán en septiembre un aguinaldo de $68.327 o $47.430, dependiendo del sueldo del funcionario.
"El monto del aguinaldo será de $68.327- para los trabajadores cuya remuneración líquida, que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2017, sea igual o inferior a $709.046-, y de $47.430-, para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad", indica la ley 20.971.
La norma agrega que "para estos efectos, se entenderá como remuneración líquida el total de las de carácter permanente correspondientes a dicho mes, excluidas las bonificaciones, asignaciones y bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional; con la sola deducción de los impuestos y de las cotizaciones previsionales de carácter obligatorio".
El aguinaldo de Fiestas Patrias no es imponible ni tributable y, en consecuencia, no estará afecto a descuento alguno.
¿QUÉ PASA CON EL SECTOR PRIVADO?
En el caso de los trabajadores del sector privado, en tanto, depende de cada empresa la decisión de entregar dinero para celebrar el 18 de septiembre.
Sin embargo, desde la Dirección del Trabajo (DT) explican que las compañías sí están obligadas a pagar el aguinaldo cuando ya lo han otorgado varias veces en el pasado.
"Si yo, empleador, doy un beneficio por un determinado tiempo, aunque no esté escrito en el contrato de trabajo, ese beneficio pasa a ser parte de los derechos adquiridos del trabajador (...) si un empleador ha dado por varios años aguinaldo, naturalmente ya es un derecho adquirido por los trabajadores y debe entregarlo", indica el sitio web de la DT.
AGUINALDO PARA PENSIONADOS
Recibirán el beneficio los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), de las cajas de previsión Dipreca y Capredena, del Instituto de Seguridad Laboral, de las mutualidades de empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo, que tengan la calidad de pensionado al 31 de agosto del año 2017 así como los pensionados del Sistema de AFP, en este caso siempre que a esa fecha se encuentren recibiendo el beneficio del Aporte Previsional Solidario o una pensión mínima con Garantía Estatal.
¿CUÁL ES EL MONTO?
Este año es de $18.414 por pensionado y se paga una sola vez en septiembre. Además, el monto del aguinaldo se incrementa por cada carga familiar que el pensionado tenga acreditada al 31 de agosto de 2017.
"Este aguinaldo se incrementará en $9.447.- por cada persona que, a la misma fecha, tengan acreditadas como causantes de asignación familiar o maternal, aun cuando no perciban dichos beneficios por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1 de la ley Nº 18.987", indica la legislación.
¿CÓMO SE PAGA EL AGUINALDO DE FIESTAS PATRIAS?
A través del IPS, generando todas las acciones para que, en el caso de sus beneficiarios, el aguinaldo se incluya en la liquidación de pago de pensión del mes de septiembre de 2017, antes de Fiestas Patrias.
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