Corte Suprema condena al Estado por muerte de un hombre en el tsunami de Talcahuano el 27/F
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Corte Suprema condena al Estado por muerte de un hombre en el tsunami de Talcahuano el 27/F


Por Antonio González | 05 Abril 2018 16:37
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La Corte Suprema condenó al fisco a pagar una indemnización de $20.000.000 a la hija de un hombre que falleció el 27 de febrero de 2010, producto del tsunami que azotó la bahía de Talcahuano. En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, Carlos Aránguiz, Arturo Prado– estableció responsabilidad del Estado por falta de servicio en la muerte de Luis Luna Prieto. "De tales antecedentes surge un conjunto de presunciones que, por reunir las exigencias de precisión, concordancia y gravedad establecidas en la ley, permite tener por demostrado que, habiéndose refugiado en un lugar seguro don Luis Luna Prieto, tomó conocimiento de los llamados efectuados por las autoridades (representadas en este caso por Carabineros y Bomberos) en orden a que, por no existir alerta de tsunami, la población debía regresar a sus hogares", consigna la decisión de la Suprema. En estas condiciones, y dada la investidura de las personas que dieron tal información y realizaron el indicado llamamiento, es dable presumir que el señor Luna Prieto, confiado en la corrección de tal aviso, decidió abandonar su refugio y regresar a la lancha de cuyo cuidado era responsable", agrega el fallo. Paralelamente, la resolución agrega que "así las cosas, y habiendo retornado al sector de playa en que se hallaba surta la lancha 'Chilota' a eso de las 05:00 horas, don Luis Luna Prieto fue sorprendido por la ola del tsunami que arribó al señalado sector a esa hora, siendo atrapado por las aguas y golpeado por los objetos contundentes que ella arrastraba, hasta causarle la muerte".
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